Un agente que atiende clientes produce texto libre todo el día, y ese texto lleva dentro cédulas, celulares, correos y direcciones. En cuanto se le pasa a un modelo de un tercero para resumirlo o clasificarlo, el dato personal sale de la empresa.

La ley lo permite, y ahí está la trampa

El artículo 26 de la Ley 1581 de 2012 prohíbe transferir datos personales a países sin un nivel adecuado de protección. Quién está en esa lista lo fijó la Superintendencia de Industria y Comercio en 2017: Estados Unidos de América aparece en ella, con México, Perú, Costa Rica, Corea del Sur y los países adecuados para la Comisión Europea.

El permiso existe, así que el argumento que suele frenar estos proyectos (“no podemos mandar datos a un proveedor de allá”) está mal planteado. Lo que no se delega está en la misma circular: el principio de responsabilidad demostrada, que obliga al responsable a ser capaz de demostrar que implementó medidas apropiadas y efectivas, también en la transferencia internacional.

Esa frase decide el diseño, porque no pide una intención sino una medida que se pueda mostrar. Y la más barata es que el dato no salga: lo que no se envía no hay que justificarlo, ni mapearlo, ni pedir que lo borren, ni explicarlo en un incidente ajeno.

Pedírselo al modelo no es una medida

El primer intento suele ser la línea en las instrucciones: “no repitas datos personales”. No sirve, y no es una opinión nuestra: OWASP escribe en su lista de riesgos de 2025 para aplicaciones con modelos de lenguaje que esas restricciones pueden no respetarse y se pueden sortear por inyección de instrucciones.

Hay además un error de orden: la obligación recae sobre lo que se envía, no sobre lo que vuelve, y cuando el modelo decide si obedece, el dato ya viajó. La alternativa es aburrida y se puede enseñar en una auditoría: una función que corre antes de la llamada, sin modelo de por medio, con reglas que se leen en diez minutos y una batería de casos que las fija.

Lo difícil no es la cédula, es el monto

Quitar un celular conocido es trivial. El problema es lo que no está en el diccionario, y el caso que obliga a decidir es este: una cédula sin puntos y un monto sin símbolo se escriben igual, son una tirada de dígitos. “Pagó 350000” no se distingue de un documento por la forma. Hay que elegir por qué lado fallar: tapar por defecto y conservar solo cuando hay señal de moneda al lado. Se pierde algún monto escrito a la ligera y no se escapa ninguna cédula.

Dos detalles que cuestan horas si se descubren tarde. El orden de las reglas es parte del contrato: lo conocido va antes que lo genérico, porque si la regla de “seis dígitos o más” corre primero, el celular pasa a ser un número cualquiera y el texto pierde el dato de que ahí había un teléfono. Y la etiqueta que reemplaza no puede llevar dígitos ni arrobas, o la segunda pasada se come su propia salida.

Qué te llevas

Un diccionario tapa lo que conoce, y un tercero que aparece de paso (“mi hermana Luz”) no está en él: ese límite se escribe como un caso de prueba, para que quede a la vista de quien lea las reglas en vez de aparecer en producción.

Lo que se lleva cualquier sistema es el orden de la decisión: primero mirar si el dato tiene que salir, y solo después pensar en controles sobre el que sí sale. Operamos agentes de cobranza en producción sobre canales oficiales (casos, agentes), y cómo se traduce una norma colombiana en una condición que se comprueba antes de actuar lo contamos también con la Ley 2300.